Quiénes somos
La Comisión Defensora Ciudadana (CDC) intercede gratuitamente por el usuario o usuaria cuando no hay respuesta en el plazo legal (20 días hábiles) por parte de alguno de los 338 servicios e instituciones públicas dependientes del Gobierno, o cuando la respuesta afecta derechos del usuario del Estado.
Lo anterior significa que esta Comisión actúa después de que la persona acudió a la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), que está presente en los servicios e instituiciones. Así, esta Comisión pone a disposición del usuario a un profesional, para así recoger los antecedentes del caso y oficiar a la institución y/o autoridad aludida en la consulta, reclamo o solicitud. Esta intermediación es gratuita para los usuarios y usuarias.
Cuándo puede actuar y cuándo no puede actuar la CDC
La CDC, según indica el Decreto Supremo N°65 del 11 de mayo de 2001, es un órgano asesor de la Presidencia de la República, que resguarda y promueve los derechos y deberes en la relación entre el usuario y el Estado. Sus competencias se circunscriben, como se mencionó, a los 338 servicios e instituciones públicas de Gobierno (por ejemplo: Carabineros, COMPIN, hospitales públicos, intendencias, Instituto de Previsión Social (ex INP), Servicio de Vivienda y Urbanismo SERVIU), superintendencias, etc. La Comisión Defensora Ciudadana no tiene competencias legales para actuar sobre entes autónomos, como Contraloría General de la República, Municipalidades, Parlamento y Tribunales de Justicia, aun cuando siempre puede prestar orientación al usuario o trasladar la presentación ciudadana al órgano competente.
Derechos y deberes de las personas
La Comisión Defensora Ciudadana promueve un Compromiso entre el usuario y el Estado, el cual implica necesariamente que ambas partes tienen derechos y deberes, pues sólo así es posible la satisfacción del usuario, y el cumplimiento del rol de ambas partes.
Algunos derechos de los usuarios son: Recibir respuesta dentro de plazo; Trato respetuoso y sin discriminación; Identificar a la persona responsable del trámite; Impugnar abusos de poder; Obtener prestaciones de educación, salud y seguridad social; realizar denuncias y críticas a políticas públicas.
Algunos deberes del usuario son: Reciprocidad en la atención respetuosa que presta el servicio; Aportar la documentación necesaria para la gestión de su solicitud; Informarse sobre el ámbito de competencia de la institución; Respetar los horarios de atención y plazos de la tramitación; Realizar peticiones concretas, fundadas y fidedignas; y Hacer las sugerencias que estime convenientes para mejorar el servicio.
Otras tareas de la CDC son: Elaborar informes a la Presidencia de la República y a la ciudadanía respecto del funcionamiento del Estado, sobre la base de las presentaciones ciudadanas (consultas y reclamos); realizar propuestas y recomendaciones destinadas a evitar situaciones de vulneración de derechos; y contribuir a educar a la ciudadanía en sus derechos y deberes en su relación con el Estado.
El horario de atención presencial de la CDC es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Además de esta página web, la Intermediación gratuita de la CDC puede ser solicitada a través del Twitter @defensorchile o www.facebook.com/defensorchile